sábado, 22 de enero de 2011

NIC 41 Agricultura



NIC 41 Agricultura
Objetivo.
El objetivo de esta NIC es prescribir el tratamiento contable, la presentación en los
estados financieros y la información a revelar en relación con la actividad agrícola.
Alcance
Esta Norma debe aplicarse para la contabilización de lo siguiente, siempre que se encuentre relacionado con la actividad agrícola:
(a) activos biológicos;
(b) productos agrícolas en el punto de su cosecha o recolección; y
(c) subvenciones del gobierno.
Debe tomarse en cuenta que esta NIC se aplica a los productos agrícolas, que son los productos obtenidos de los activos biológicos de la entidad, pero sólo hasta el punto de su cosecha o recolección.

Definiciones de términos.
              Actividad agrícola
Es la gestión, por parte de una entidad, de la transformación y recolección de activos biológicos, para destinarlos a la venta, para convertirlos en productos agrícolas o en otros activos biológicos adicionales.
              Transformación biológica
 Comprende los procesos de crecimiento, degradación, producción y procreación que son la causa de los cambios cualitativos o cuantitativos en los activos biológicos.
             Activo biológico
Es un animal vivo o una planta.
             Producto agrícola
Es el producto ya recolectado, procedente de los activos biológicos de la entidad.
              Cosecha o recolección
Es la separación del producto del activo biológico del que procede, o bien el cese de los procesos vitales de un activo biológico.
La NIC 41 prescribe, entre otras cosas, el tratamiento contable de los activos biológicos a lo largo del período de crecimiento, degradación, producción y procreación, así como la medición inicial de los productos agrícolas en el punto de su cosecha o recolección.
         Reconocimiento y medición
La entidad reconocerá un activo biológico o un producto agrícola cuando, y sólo cuando:
(a) la entidad controle el activo como resultado de sucesos pasados;
(b) sea probable que fluyan a la entidad beneficios económicos futuros asociados con el activo; y
(c) el valor razonable o el costo del activo puedan ser medidos de forma fiable.
 Medición al valor razonable.
Se requiere la medición de estos activos biológicos al valor razonable menos los costos estimados en el punto de venta, a partir del reconocimiento inicial realizado tras la obtención de la cosecha, salvo cuando este valor razonable no pueda ser medido de forma fiable al proceder a su reconocimiento inicial.
Esta NIC se aplica a los productos agrícolas, que son los productos obtenidos de los activos biológicos de la entidad, pero sólo hasta el punto de su cosecha o recolección. A partir de entonces son de aplicación la NIC 2 Inventarios, o las otras Normas relacionadas con los productos.
         Tratamiento del procesamiento de los productos agrícolas
De acuerdo con ello, esta Norma no trata del procesamiento de los productos agrícolas tras la cosecha o recolección; por ejemplo, el que tiene lugar con las uvas para su transformación en vino por parte del viticultor que las ha cultivado.
          Valor razonable
Valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo, o cancelado un pasivo, entre un comprador y un vendedor, interesados y debidamente informados, que realizan una transacción libre.
          Los costos en el punto de venta
Incluyen las comisiones a los intermediarios y comerciantes, los cargos que correspondan a las agencias reguladoras y a las bolsas o mercados organizados de productos, así como los impuestos y gravámenes que recaigan sobre las transferencias.
Excluyen los transportes y otros costos necesarios para llevar los activos al mercado. Tales transportes y otros costos son deducidos en la determinación del valor razonable (esto es, el valor de razonable es el precio de mercado menos los transportes y otros costos necesarios para llevar los activos al mercado).
         Cambios en el valor razonable
La NIC 41 exige que los cambios en el valor razonable menos los costos estimados en el punto de venta, de los activos biológicos, sean incluidos como parte de la ganancia o pérdida neta del periodo en que tales cambios tienen lugar.
         Cambios en los atributos físicos
En la actividad agrícola, el cambio en los atributos físicos de un animal o una planta vivos aumenta o disminuye directamente los beneficios económicos para la entidad.
La NIC 41 no establece principios nuevos para los terrenos relacionados con la actividad agrícola. En lugar de ello, la entidad habrá de seguir la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo, o la NIC 40 Propiedades de Inversión, dependiendo de que norma sea más adecuada según las circunstancias.
Los activos biológicos que están físicamente adheridos al terreno (por ejemplo, los árboles en una plantación forestal) se miden, separados del terreno, a su valor razonable menos los costos estimados en el punto de venta.
          Subvenciones del gobierno
           
             Subvención incondicional
La NIC 41 requiere que una subvención incondicional del gobierno, relacionada con un activo biológico, valorado a su valor razonable menos los costos de venta, sea reconocida en el resultado del periodo cuando, y solo cuando, tal subvención se convierta en exigible.
             Subvención condicional
Si la subvención del gobierno es condicional, lo que incluye las situaciones en las que el gobierno exige que la entidad no realice determinadas actividades agrícolas, la entidad debe reconocer la subvención como ingreso cuando, y sólo cuando, se hayan cumplido las condiciones fijadas por el gobierno.
Si la subvención del gobierno se relaciona con activos biológicos medidos al costo menos la depreciación acumulada y las pérdidas por deterioro del valor acumuladas, se aplicará la NIC 20 Contabilización de las Subvenciones del Gobierno e Información a Revelar sobre Ayudas Gubernamentales.
                 Fuente bibliográfica:
http://cpn.mef.gob.pe/cpn/Libro3/nics/41_NIC.pdf
http://www.ifrs.org/NR/rdonlyres/ACECFD10-0EFB-4B84-8B64-CED4CB67C08E/0/IAS41.pdf


miércoles, 29 de diciembre de 2010

LOS PRINCIPIOS DE LA CONTABILIDAD FINANCIERA

LOS PRINCIPIOS DE LA CONTABILIDAD FINANCIERA


El principal objetivo de la contabilidad financiera es el suministro de información para los inversionistas actuales y potenciales, y para otros grupos que no intervienen directamente en la operación del negocio o que no tienen poder para decidir sobre la presentación y el contenido de los informes preparados para ellos. El producto de la contabilidad financiera son los estados financieros para propósitos generales, los que actualmente según la Norma Internacional de contabilidad 1 Presentación de Estados Financieros, comprende los siguientes:

a) un estado de situación financiera al final del periodo;
b) un estado del resultado integral del periodo;
c) un estado de cambios en el patrimonio del periodo;
d) un estado de flujos de efectivo del periodo;
e) notas, que incluyan un resumen de las políticas contables más significativas y otra información explicativa; y
f) un estado de situación financiera al principio del primer periodo comparativo, cuando una entidad aplique una política contable retroactivamente o realice una re-expresión retroactiva de partidas en sus estados financieros, o cuando reclasifique partidas en sus estados financieros.
Esta información está dirigida a una variedad de externos, de estos, los accionistas y los acreedores son el grupo dominante; se supone que otras partes interesadas externas comparten las mismas necesidades de información de los inversionistas directos.
Los informes de la contabilidad financiera son de interés para casi todos los usuarios, aunque están específicamente orientados hacia los usuarios externos. Además, los conceptos fundamentales de la contabilidad financiera proporcionan una base adecuada para los procesos de identificación, registro, valuación y exposición de la información.
El propósito principal de la contabilidad financiera es brindar información que sea útil y comprensible para los usuarios externos. Podemos mencionar que los objetivos de la información financiera de propósito general son los siguientes:
Proporcionar información que sea útil para los actuales y futuros inversionistas y acreedores, y para otros usuarios que han de tomar decisiones racionales de inversión y de crédito.
Preparar información que ayude a los usuarios a determinar los montos, la oportunidad y la incertidumbre de los proyectos de entradas de efectivo asociados con la realización de inversiones dentro de la empresa.
Informar acerca de los recursos económicos de una empresa, los derechos sobre estos y los efectos de las transacciones y acontecimientos que cambien esos recursos y los derechos sobre ellos.
Un paso importante para el logro de los objetivos de la contabilidad financiera es el establecimiento de un conjunto de conceptos básicos que guíen la preparación y la interpretación de los informes financieros. Con el surgimiento de las grandes corporaciones, en las cuales los propietarios están ausentes y confían el control de operaciones y administración a profesionales, los inversionistas y los acreedores requieren información financiera de acuerdo a ciertas normas generales, las cuales deben estar aplicadas en forma consistente (de igual forma en periodos consecutivos) y ser de fácil comprensión.
Por consiguiente, la contabilidad financiera descansa sobre un conjunto de conceptos y convenciones que actúan como reglas generales en el proceso de identificación, medición, clasificación e información. Los elementos de este marco conceptual son los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptadas (PCGA). Estas no son leyes de naturaleza inmutable; más bien son lineamientos hechos por el hombre que determinan qué información debe registrarse, cómo se hacen las mediciones y cómo deben presentarse los datos en los estados financieros. La amplia aceptación de estos hace que las empresas usen principios sustancialmente uniformes para informar acontecimientos similares, esta uniformidad es absolutamente esencial para los análisis comparativos que a menudo utilizan los inversionistas.
En el Perú la ley general de sociedades, Ley 26887 en su art. 223 indica que “los estados financieros se preparan y se presentan de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y con principios de contabilidad generalmente aceptados en el país”, La resolución CONASEV N° 103-99-EF/94.10, modificada por la Resolución Gerencia General N° 010-2008-EF/94.01.2 en su art. 2 menciona lo siguiente: “los estados financieros deben ser preparados y presentados de acuerdo con los PC
GA, normas contables establecidos por los Órganos de Supervisión y Control (...) Los PGCA están contenidos en las Normas Internacionales de Contabilidad, oficializadas y vigentes en el Perú y comprenden también los pronunciamientos técnicos emitidos por la profesión contable en el Perú. ...”, La Resolución N° 013-98-EF/93.01 del Consejo Normativo de Contabilidad, en su art. 1, precisa que los PCGA, que indica la ley general de sociedades, comprende sustancialmente las Normas Internacionales de contabilidad (NICs.) la misma que ha sido actualizada con la entrada en vigencia de la Resolución 044-2010-EF/94 que Oficializa la nueva versión de las NIC, NIIF, CINIIF y SIC, que entra en vigencia el 01 de  enero de 2011.
Por lo tanto, es menester tener en cuenta las nuevas NIC y NIIF, con sus respectivas interpretaciones, con la finalidad de que los estados financieros representen una imagen fiel de la entidad que formula la información financiera.

sábado, 25 de diciembre de 2010

NIC 36. Deterioro del valor de los Activos.


Resumen técnico
NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos
Versión: Modificada en mayo 2010, Resolución:044-2010-EF/94, Vigencia: 1 de enero de 2011

Objetivo.

El objetivo de esta Norma consiste en establecer los procedimientos que una entidad aplicará para asegurarse de que sus activos están contabilizados por un importe que no sea superior a su importe recuperable. Un activo estará contabilizado por encima de su importe recuperable cuando su importe en libros sea superior del importe que se pueda recuperar del mismo a través de su utilización o de su venta. Si así el caso, el activo se calificará como deteriorado y se presentará como tal;  la Norma exige que la entidad  reconozca una pérdida por deterioro del valor de ese activo. También especifica cuándo la entidad revertirá la pérdida por deterioro del valor, así como la información a revelar.

Identificación de un activo que podría estar deteriorado
La entidad evaluará, al final de cada periodo, si existe algún indicio de deterioro del valor de algún activo. Si existiera tal indicio, la entidad estimará el importe recuperable del activo.
Con independencia de la existencia de cualquier indicio de deterioro del valor, la entidad deberá también:
a)       Comprobar anualmente el deterioro del valor de cada activo intangible con una vida útil indefinida, así como de los activos intangibles que aún no estén disponibles para su uso, comparando su importe en libros con su importe recuperable. Esta comprobación del deterioro del valor puede efectuarse en cualquier momento dentro del periodo anual, siempre que se efectúe en la misma fecha cada año. La comprobación del deterioro del valor de los activos intangibles diferentes puede realizarse en distintas fechas. No obstante, si dicho activo intangible se hubiese reconocido inicialmente durante el periodo anual corriente, se comprobará el deterioro de su valor antes de que finalice el mismo.
b)       Comprobar anualmente el deterioro del valor de la plusvalía adquirida en una combinación de negocios, de acuerdo con los párrafos 80 a 99.
Si existiera algún indicio del deterioro del valor de un activo, el importe recuperable se estimará para el activo individualmente considerado. Si no fuera posible estimar el importe recuperable del activo individual, la entidad determinará el importe recuperable de la unidad generadora de efectivo a la que el activo pertenece (la unidad generadora de efectivo del activo).

Unidad generadora de efectivo
Unidad generadora de efectivo es el grupo identificable de activos más pequeño, que genera entradas de efectivo a favor de la entidad que son, en buena medida, independientes de los flujos de efectivo derivados de otros activos o grupos de activos.

Medición del importe recuperable.
Importe recuperable de un activo o de una unidad generadora de efectivo es el mayor entre su valor razonable menos los costos de venta y su valor en uso.
No siempre es necesario calcular el valor razonable del activo menos los costos de venta y su valor en uso. Si cualquiera de esos importes excediera al importe en libros del activo, éste no habría sufrido un deterioro de su valor, y por tanto no sería necesario calcular el otro valor.
Valor razonable menos los costos de venta es el importe que se puede obtener por la venta de un activo o unidad generadora de efectivo, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua, entre partes interesadas y debidamente informadas, menos los costos de venta o disposición por otra vía.
Valor en uso es el valor presente de los flujos futuros de efectivo estimados que se espera obtener de un activo o unidad generadora de efectivo.
Los siguientes elementos deben reflejarse en el cálculo del valor en uso de un activo:
a)  una estimación de los flujos de efectivo futuros que la entidad espera obtener del activo;
b)  las expectativas sobre posibles variaciones en el importe o en la distribución temporal de dichos flujos de efectivo futuros;
c)   el valor temporal del dinero, representado por la tasa de interés de mercado sin riesgo;
d)  el precio por la presencia de incertidumbre inherente en el activo; y
e)  otros factores, tales como la iliquidez, que los participantes en el mercado reflejarían al poner precio a los flujos de efectivo futuros que la entidad espera que se deriven del activo.

Las estimaciones de los flujos de efectivo futuros incluirán:
a)  proyecciones de entradas de efectivo procedentes de la utilización continuada del activo;
b)  proyecciones de salidas de efectivo en las que sea necesario incurrir para generar las entradas de efectivo por la utilización continuada del activo (incluyendo, en su caso, los pagos que sean necesarios para preparar al activo para su utilización), y puedan ser atribuidas directamente, o distribuidas según una base razonable y uniforme, a dicho activo; y
c)   los flujos netos de efectivo que, en su caso, se recibirían (o pagarían) por la venta o disposición por otra vía del activo, al final de su vida útil.
Los flujos de efectivo futuros se estimarán, para el activo, teniendo en cuenta su estado actual. Estas estimaciones no incluirán entradas o salidas de efectivo futuras que se espera que surjan de:
a)   una reestructuración futura en la que la entidad no se ha comprometido todavía; o
b)   mejoras o aumentos del rendimiento de los activos.
Las estimaciones de los flujos de efectivo futuros no incluirán:
a)   entradas o salidas de efectivo por actividades de financiación; o
b)   cobros o pagos por el impuesto a las ganancias.

Reconocimiento y medición de la pérdida por deterioro del valor
El importe en libros de un activo se reducirá hasta que alcance su importe recuperable si, y sólo si, este importe recuperable es inferior al importe en libros. Esta reducción se denomina pérdida por deterioro del valor.
La pérdida por deterioro del valor se reconocerá inmediatamente en el resultado del periodo, a menos que el activo se contabilice por su valor revaluado de acuerdo con otra Norma (por ejemplo de acuerdo con el modelo de revaluación previsto en la NIC 16. Propiedad, Planta y Equipo). Cualquier pérdida por deterioro del valor, en los activos revaluados, se tratará como un decremento de la revaluación efectuada de acuerdo con esa otra Norma.

Deterioro del valor de una unidad generadora
Se reconocerá una pérdida por deterioro del valor de una unidad generadora de efectivo (el grupo más pequeño de unidades generadoras de efectivo al que se ha distribuido la plusvalía o los activos comunes de la entidad) si, y sólo si, su importe recuperable fuera menor que el importe en libros de la unidad (o grupo de unidades). La pérdida por deterioro del valor se distribuirá, para reducir el importe en libros de los activos que componen la unidad (o grupo de unidades), en el siguiente orden:
a)   en primer lugar, se reducirá el importe en libros de cualquier plusvalía distribuida a la unidad generadora de efectivo (o grupo de unidades); y
b)   a continuación, a los demás activos de la unidad (o grupo de unidades), prorrateando en función del importe en libros de cada uno de los activos de la unidad (o grupo de unidades).
Sin embargo, una entidad no reducirá el importe en libros de un activo por debajo del mayor de los siguientes valores:
a)   su valor razonable menos los costos de venta (si se pudiese determinar);
b)   su valor en uso (si se pudiese determinar); y
c)    cero.
El importe de la pérdida por deterioro del valor que no pueda ser distribuida al activo en cuestión, se repartirá prorrateando entre los demás activos que compongan la unidad (o grupo de unidades).

Plusvalía
Para el propósito de comprobar el deterioro del valor, la plusvalía adquirida en una combinación de negocios se distribuirá, desde la fecha de adquisición, entre cada una de las unidades generadoras de efectivo o grupos de unidades generadoras de efectivo de la entidad adquirente, que se espere se beneficiarán de las sinergias de la combinación de negocios, independientemente de que otros activos o pasivos de la entidad adquirida se asignen a esas unidades o grupos de unidades.
La comprobación anual del deterioro del valor para una unidad generadora de efectivo a la que se haya asignado una plusvalía podrá efectuarse en cualquier momento durante un periodo anual, siempre que se realice en la misma fecha dentro de cada periodo. Las comprobaciones del deterioro de valor de diferentes unidades generadoras de efectivo pueden efectuarse en fechas diferentes. Sin embargo, si alguna de las plusvalías asignadas a una unidad generadora de efectivo o la totalidad de ellas hubiera sido adquirido en una combinación de negocios durante el periodo anual corriente, la comprobación del deterioro de valor de esta unidad se efectuará antes de la finalización del periodo anual corriente.
La Norma permite que los cálculos detallados más recientes, efectuados en el periodo precedente, sobre el importe recuperable que corresponde a una unidad o grupo de unidades generadoras de efectivo, a las que se haya distribuido plusvalía, sean usados en la prueba del deterioro para esa unidad o grupo de unidades dentro del periodo corriente, siempre que se cumplan unos requisitos específicos.

Reversión de las pérdidas por deterioro del valor
La entidad evaluará, al final de cada periodo sobre el que se informa, si existe algún indicio de que la pérdida por deterioro del valor reconocida, en periodos anteriores, para un activo distinto de la plusvalía, ya no existe o podría haber disminuido. Si existiera tal indicio, la entidad estimará de nuevo el importe recuperable del activo.
Se revertirá la pérdida por deterioro del valor reconocida en periodos anteriores para un activo, distinto de la plusvalía, si, y sólo si, se hubiese producido un cambio en las estimaciones utilizadas, para determinar el importe recuperable del mismo, desde que se reconoció la última pérdida por deterioro. El importe de la reversión de una pérdida por deterioro del valor en una unidad generadora de efectivo, se distribuirá entre los activos de esa unidad, exceptuando la plusvalía, prorrateando su cuantía en función del importe en libros de tales activos. El importe en libros de un activo, distinto de la plusvalía, incrementado tras la reversión de una pérdida por deterioro del valor, no excederá al importe en libros que podría haberse obtenido (neto de amortización o depreciación) si no se hubiese reconocido una pérdida por deterioro del valor para dicho activo en periodos anteriores.
La reversión de una pérdida por deterioro del valor en un activo, distinto de la plusvalía, se reconocerá en el resultado del periodo, a menos que el activo se contabilizase según su valor revaluado, siguiendo otra Norma (por ejemplo, el modelo de revaluación de la NIC 16. Propiedad, Planta y Equipo). Cualquier reversión de la pérdida por deterioro de valor, en un activo previamente revaluado, se tratará como un aumento por revaluación de acuerdo con esa otra Norma.
Una pérdida por deterioro del valor reconocida en la plusvalía no revertirá en los periodos posteriores.

Aplicación práctica
En el caso de una empresa minera, cuyos activos son valorizadosen libros en la suma de S/.12 000 000, además se sabe que en cumplimiento de un plan de responsabilidad social, tiene un convenio con el gobierno local del lugar, para construir obras sociales por un valor de S/. 2 750 000. 
El valor neto en libros es el siguiente:  
Valor en libros (activos totales)-----------------12 000 000
Pasivos por obras de responsabilidad social ---(2 750 000)
Valor neto ------------------------------------------ 9 250 000
Una empresa extranjera quiere comprar la mina en conjunto y ofrece pagar S/. 10 500 000.
El valor de uso estimado de la empresa minera es S/13 000 000
Para determinar la existencia de desvalorización de los activos, se debe hacer una comparación entre los siguientes datos:
Valor razonable neto de costo de ventas (10 500 000 - 2 750 000)             =    7 750 000
Valor de uso de la unidad generadora de efectivo (13 000 000 - 2 750 000) = 10 250 000
valor neto en libros (12 000 000 - 2 750 000)                                                 = 9 250 000
Nota: Los S/. 2 750 000 correspnde al valor de las obras sociales.

Como puede observarse, el valor razonable menos el costo de venderlo es el menor y asciende a S/. 7 750 000; y  comparado con el valor neto en libros que asciende a S/. 9 250 000, resulta una desvalorización de S/. 1 500 000.
Valor neto registrado en libros               9 250 000
Valor razonable neto de costo de vender 7 750 000
Desvalorización                                    1 500 000   

El asiento contable por la desvalorización es el siguiente:

68 Valuación y deterioro de activos y proviciones 1 500 000
36 Desvalorización de activos inmovilizados                              1 500 000
x/x Por la desvalorización de la unidad generadora de efectivo

Referencia bibliográfica
Normas Internacionales de Información Financiera, 2009, Instituo el Pacífico SAC, Lima - Perú.
Rivera David. 2010, "Nuevo Plan Contable General Empresarial", CATEM, Lima - Perú.

http://www.ifrs.org/NR/rdonlyres/3E1EAA92-C62A-492D-82A2-2949591A30D4/0/IAS36.pdf
http://cpn.mef.gob.pe/cpn/Libro3/nics/36_NIC.pdf